Términos y Condiciones
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER
Desde el inicio de las gestiones para realizar la reserva de la furgoneta camper, las siguientes Condiciones Generales de alquiler son de aplicación y pasan a formar parte integrante del Contrato de Arrendamiento del vehículo que se formalizará y vinculará a ambas partes desde el momento inicial de hacer la reserva. La formalización del alquiler quedará condicionada a la verificación por parte de MARAMOL RENT del cumplimiento por parte del Cliente de los requisitos de obligado cumplimiento y recogidos en el Contrato.
1. CONTENIDO DEL CONTRATO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
1.1 En el momento de la entrega del vehículo, se formalizará un Contrato de alquiler entre el Arrendador y el Arrendatario, regido exclusivamente por el derecho español, por las Condiciones Generales aquí recogidas y por las particulares que se pacten entre las partes. Ambas partes suscribirán el Contrato de arrendamiento del vehículo con el cliente como parte integrante del Contrato. La no aceptación de las presentes Condiciones Generales por parte del cliente en ese momento se entenderá como una rescisión de la reserva vinculante, por lo que será de aplicación la penalización correspondiente.
1.2 El objeto del Contrato formalizado con el Arrendatario es únicamente la entrega en régimen de alquiler del vehículo descrito en el Contrato para el transporte privado de pasajeros y su equipaje, y en su caso, de los accesorios extras y opcionales ofrecidos por el Arrendador y reservados por el cliente con anterioridad. El cliente recibe el vehículo en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos sus documentos, neumáticos, herramientas y accesorios y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo cumpliendo las normas del Código de Circulación.
1.3 El Arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad.
1.4 Únicamente podrán viajar, pernoctar o hacer uso del vehículo las personas registradas en el Contrato como conductor y conductor adicional.
1.5 El Contrato del alquiler está limitado a la duración acordada por las partes. Queda excluida la prolongación tácita del Contrato por un período indeterminado debido a un uso continuado.
1.6 Todos los acuerdos entre el Arrendador y Arrendatario se realizarán por escrito, ya sea por vía telemática, móvil o presencial.
2. EDAD MÍNIMA Y CONDUCTORES AUTORIZADOS
2.1 El Arrendatario y cada uno de los conductores autorizados deberán tener como mínimo 25 años de edad y estar en posesión del permiso de conducción clase B vigente y con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional equivalente a este. En caso de no ser residente de la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a este tipo de vehículos acompañado de la licencia de conducir de su país (equivalente a la clase B española). La posesión de un permiso de conducción clase B es requisito indispensable e imprescindible para formalizar el contrato.
2.2 La edad mínima del conductor y de los conductores adicionales deberá ser de 25 años y la edad máxima deberá ser de 79 años.
2.3 El vehículo no podrá ser retirado por otra persona que no sea el contratante o conductor autorizado. Tan sólo podrán conducir el vehículo los conductores autorizados debidamente registrados en el contrato de alquiler y que cumplan las condiciones previstas.
2.4 En el momento de la reserva del vehículo, el conductor titular está obligado a enviar al Arrendador copia en vigor de los siguientes documentos a través de vía telemática: documento nacional de identidad DNI o pasaporte (de todos los conductores),Carnet de conducir europeo o internacional (de todos los conductores autorizados) y una tarjeta de crédito válida al menos durante los doce meses posteriores a la fecha de alquiler del vehículo donde el titular sea el cliente que firma el Contrato.
En el momento de la recogida del vehículo será obligatorio presentar en formato físico, legible, en buen estado y aceptados por la legislación española los originales de dicha documentación. También lo hará el/la conductor/a adicional. No sirven fotografías ni fotocopias.
2.5 Si en el momento de la entrega del vehículo por parte de MARAMOL RENT el cliente no dispone del permiso de conducir correspondiente al vehículo alquilado, o este se considera no apto por no estar vigente, y/o porque la documentación presentada es falsa o inexacta, se considerará a todos los efectos que el cliente no ha acudido a recoger el vehículo, por lo que se aplicarán las condiciones de anulación de la reserva vinculante.
2.6 La no presentación del Arrendatario en el lugar de entrega y en la fecha señalada supondrá la rescisión unilateral del Contrato y de la reserva con penalización del 100% del importe de la reserva y el cliente no tendrá derecho a compensación alguna.
2.7 Todos los conductores autorizados tendrán responsabilidad personal sobre cualquier infracción legal que sea incurrida durante el periodo del alquiler. El cliente autoriza expresamente a MARAMOL RENT a que las consecuencias económicas de cualquier infracción personal cometida durante el tiempo que dura el alquiler sean cargadas en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses. El cliente también autoriza al Arrendador a facilitar los datos del conductor a aquellas instituciones que exijan por Ley identificación del conductor durante el tiempo que dure el alquiler.
2.8 Por cada conductor adicional, se abonará la cantidad diaria establecida en las condiciones de alquiler del Arrendador vigentes en el momento de la reserva. Este punto puede variar bajo acuerdo previo.
3. PRECIOS Y DURACIÓN DEL ALQUILER
3.1 Los precios de alquiler del vehículo, de los servicios, de los accesorios opcionales y del periodo mínimo de alquiler durante las diferentes épocas del año se derivan de la lista de tarifas en vigor del Arrendador publicada en el momento de realizar la reserva y que el cliente declara conocer y aceptar expresamente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados y se le sumará el importe de los accesorios opcionales contratados y de los posibles servicios si los hubiera. También se puede cobrar un importe por exceso de kilometraje si procede o por conductor adicional.
3.2 El alquiler mínimo es de 2 días en temporada baja, 3 días en temporada media y 5 días en temporada alta. El tiempo máximo se concertará con el Arrendador en cada caso.
3.3 Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA vigente del 21%, kilometraje limitado/ilimitado en función de los días contratados, seguro a todo riesgo con franquicia según la correspondiente cobertura del seguro y asistencia en carretera en caso de avería.
3.4 Según la duración de los periodos de alquiler, el kilometraje permitido es el siguiente:
- Arrendamiento de fin de semana (viernes tarde - domingo tarde): 500 km máximo.
- Arrendamiento de una semana completa: 1.500 km máximo.
- Arrendamiento de otras estancias: 250 km/día.
- Exceso de km será cargado a: 0,50€/ km + IVA.
La facturación del kilometraje (que sea limitado o ilimitado) puede variar siempre y cuando se consienta mediante acuerdo previo al alquiler con el Arrendador.
3.5 El periodo de alquiler empieza con la recogida del vehículo por parte del Arrendatario en la sede central en la fecha y la hora pactada y finaliza con la entrega del vehículo por parte del cliente y posterior recogida por parte del Arrendador en la fecha y hora acordada en la misma sede. El periodo mínimo de alquiler es de 48 horas y el máximo se estipulará en el Contrato. Los días de Contrato se computan por días enteros a contar desde la hora exacta de entrega que aparece en el Contrato hasta que el cliente devuelve el vehículo y MARAMOL RENT lo recepciona, junto a sus llaves y documentación. La factura se realizará sobre base de periodos de 24 horas. Este periodo puede variar según acuerdo con el Arrendador.
3.6 En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el periodo de alquiler contratado, se deberá pagar igualmente el precio integro del alquiler acordado contractualmente, sin que venga obligado el Arrendador a devolver al cliente cantidad alguna.
3.7 Si el cliente desea prolongar el alquiler deberá comunicarlo con una antelación de al menos 3 días a la finalización del contrato y la confirmación estará sujera a la disponibilidad que el Arrendador tenga en ese momento, sin compromiso alguno.
3.8 El Arrendatario correrá con los gastos de carburante y mantenimiento durante el periodo de alquiler. El vehículo se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el Arrendador cobrará de la fianza o de la tarjeta de crédito al cliente la cantidad de combustible que falte hasta llenar el depósito y un recargo de 30 euros por los gastos de gestión. El combustible del vehículo es sólo DIESEL (excluyendo el uso de BIODIESEL, expresamente prohibido) por lo que serán de cuenta del cliente todos los gastos que se ocasionen como consecuencia de usar un combustible distinto a DIESEL.
3.9 Para entregar, devolver o entregar y devolver el vehículo en un punto de dirección distinto a la sede central, se requerirá un acuerdo especial por escrito con el Arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que se pactará antes de la recogida, no pudiendo el Arrendatario exigir su contratación posterior sin consentimiento del Arrendador.
3.10 Cualquier alteración de fechas deber ser previamente autorizada por el Arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador a hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente y cargar en la tarjeta del cliente las tarifas de servicios extraordinarios.
4. RESERVA Y CANCELACIÓN
4.1 Para hacer efectiva la reserva, el Arrendatario tendrá que abonar el 30% del importe total si queda más de un mes y el resto del importe 30 días antes de la fecha del inicio del alquiler. La reserva no se hará efectiva hasta la confirmación vía móvil o telemática y siempre por escrito por parte del Arrendador. Si queda menos de un mes, el pago total se ha de realizar de manera integra para hacer efectiva la reserva.
4.2 El Arrendatario, una vez recibida la confirmación de la disponibilidad del vehículo por parte del Arrendador, tiene un plazo de 2 días naturales para proceder al pago del 30% del importe total del arrendamiento. A partir de este momento y previo pago del precio, la reserva será vinculante.
4.3 En caso de que el cliente rescinda la reserva vinculante solicitando la anulación de la misma o por otros motivos imputables al Arrendatario, se aplicarán las siguientes penalizaciones:
- Hasta 60 días antes del inicio del alquiler: el 25% del precio del alquiler.
- Entre 59 y 30 días antes del inicio del alquiler: el 50% del precio del alquiler.
- Entre 30 y 15 días antes del inicio del alquiler: el 75% del precio del alquiler.
- Entre 15 y el mismo día del alquiler o en caso de no recogida: el 100 del precio del alquiler.
4.4 Es posible cambiar la fecha del alquiler una única vez bajo acuerdo expreso por escrito con MARAMOL RENT. Para que esto sea posible, deberá avisar del cambio al Arrendador como mínimo con 30 días de antelación.
5. CONDICIONES DE PAGO Y FIANZA
5.1 El Arrendatario deberá abonar al Arrendador el 30% del importe total del alquiler si queda más de un mes, mediante transferencia bancaria a la cuenta de la empresa o mediante pasarela de pago a través de la web. El 70% restante deberá liquidarlo 30 días antes del inicio del alquiler a través de transferencia.
5.2 El precio del alquiler del vehículo previsto en función de las fechas de reserva deberá estar abonado antes de la salida (ingresado en la cuenta del Arrendador) de la fecha prevista para el inicio del alquiler.
5.3 FIANZA: la fianza es una garantía que busca asegurar el cumplimiento de una obligación. Sirve para cubrir las posibles responsabilidades por los daños, deterioros o desperfectos que se puedan producir en el vehículo de alquiler durante el periodo de arrendamiento debido a un uso irresponsable del mismo. En el momento de la reserva o de la recogida del vehículo (bajo acuerdo previo con el Arrendador), el cliente abonará en la cuenta del Arrendador mediante transferencia bancaria o se le retendrá mediante tarjeta de crédito una cantidad de 1.000€ en concepto de fianza.
5.4 FRANQUÍCIA: Cuando se contrata un seguro, algunas de sus coberturas pueden estar sujetas a una franquicia. Esto quiere decir que en caso de siniestro el usuario que ha alquilado el vehículo debe pagar parte del coste, concretamente hasta la cuantía fijada como franquicia. El importe es de 1.000€.
5.5 La devolución de la fianza se hará efectiva a partir de las cuarenta y ocho (48) horas laborables siguientes a la fecha de devolución del vehículo por el Arrendatario y tras ser examinado por un responsable de la empresa MARAMOL RENT si está todo correcto. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el Arrendador dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia de los desperfectos.
5.6 En caso de siniestro durante la vigencia del Contrato de alquiler, también se deducirá de la fianza depositada el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.
5.7 El Arrendatario se compromete expresamente a pagar a la empresa MARAMOL:
a) En el momento de la devolución del vehículo, el importe del kilometraje para alquileres de menos de 7 días, calculado según la tarifa en vigor, y/o los cargos adicionales surgidos de la aplicación de estas Condiciones Generales de alquiler en caso de no haber sido abonados en el momento de la reserva.
b) Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado o abandonado en algún otro lugar o ciudad, sin la autorización del Arrendador.
c) El importe de toda clase de sanciones, multas, penas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico, ya sea administrativa, penal o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el cliente o empresa MARAMOL RENT, derivados de acciones u omisiones del Arrendatario o los ocupantes del vehículo durante el tiempo de vigencia de este Contrato de alquiler el cual el vehículo hubiera estado a su disposición, a no ser que se hayan originado por culpa del Arrendador.
d) En el supuesto de que por culpa del Arrendatario fuese el vehículo retenido, paralizado, precintado, depositado, embargado o de cualquier manera inmovilizado por cualquier causa, todos los daños y gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización. Esta pérdida de beneficios por la inmovilización será calculada sobre el número de días que sea necesario invertir en la reparación del mismo, establecidos por un perito externo, o una vez terminada la reparación, sobre el cómputo de ocho horas por día de trabajo y como base la tarifa diaria de ocupación contratada. Además, le será cargado en el medio de pago presentado en el momento de formalizar el contrato un cargo por inmovilización del vehículo por importe de 250€ para hacer frente a tasas o grúa. Sin perjuicio de reclamarle otras cantidades si el importe de dichas tasas y/o grúas fuese superior a dicho cargo.
e) Gastos incurridos por el Arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores, aunque su intervención no sea preceptiva) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el cliente en virtud del presente Contrato.
f) El importe total del concepto de cargo por Gestión de Asistencia en Carretera ajena a la contratada por el Arrendador.
g) El importe de 20€ por los gastos de gestión en que incurra por la tramitación de los requerimientos que las autoridades investigadoras u otros terceros dirijan al Arrendador con relación a faltas administrativas, posibles actos delictivos u otros ilícitos que se cometan durante el periodo de alquiler por cada expediente. En el caso de que el Arrendador haya abonado algún importe relativo a una infracción u otro tipo de sanción cometida por el cliente durante el periodo de alquiler, éste último será el responsable de dicho importe.
h) El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia. En caso de accidente o robo, el cliente se hará cargo del importe de 1.000€ por siniestro.
i) El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente del vehículo, los daños y perjuicios derivados, en su caso, del incumplimiento de las presentes Condiciones Generales. El cargo que se efectuará al Arrendatario por los daños causados al vehículo se calculará según el baremo de los precios oficiales de la marca y modelo del vehículo o por perito externo alternativo. Cuando por la entidad de los daños, no sea posible realizar dicha cuantificación a priori, el Arrendatario abonará la cuantía que resulte del presupuesto emitido por un taller o perito externo contratado al efecto por el Arrendador más la indemnización que corresponda por la pérdida de beneficio por la inmovilización del vehículo, de acuerdo con la cantidad diaria establecida en la Tarifa General. La responsabilidad máxima del Arrendatario será del precio de reparación del vehículo, nunca del precio en el mercado de dicho vehículo, obligándolo a pagar la reparación aunque esta fuera superior a la del precio del vehículo.
j) Todos aquellos daños causados a un tercero o a la empresa MARAMOL RENT no cubiertos por el seguro del vehículo y que sean evaluables económicamente en ese momento.
6. ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO
6.1 La entrega y devolución del vehículo se realizará en la sede principal. Por norma general las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes a sábado de 10:00 am a 19:00 pm y las devoluciones de lunes a sábado de 10:00h a las 19:00h. Los horarios que aparezcan en el Contrato de alquiler se considerarán los acordados. Los domingos y festivos sólo se podrán realizar entregas y devoluciones si se ha alcanzado un acuerdo y a cambio de un pago adicional según tarifa en vigor. El día de la entrega y devolución suman juntos dos días.
6.2 Existe un periodo de cortesía de 60 minutos para devolver el vehículo, si se devuelve una vez transcurrido el tiempo de cortesía, el cliente abonará al Arrendador la cantidad de 100€+IVA por cada hora de retraso no autorizado. Una vez pasadas las primeras 4 horas de incumplimiento y sin previo aviso al Arrendatario, el Contrato quedará finalizado y el Arrendador realizará la correspondiente denuncia de robo, sustracción del vehículo, daños y perjuicios ante la Policía o Juzgado correspondiente, salvo acuerdo por escrito de ambas partes donde se regule expresamente esta circunstancia del retraso de otra forma. El cliente asumirá todos los gastos debidos a un retraso en la entrega del vehículo y en especial aquellos gastos derivados del hecho que otro cliente u otra persona haga valer sus derechos frente a MARAMOL RENT como consecuencia de dicho retraso. Las causas que el Arrendatario alegue fuerza mayor no eximen de devolver el vehículo en el plazo estipulado o tener que pagar las indemnizaciones por los perjuicios que conlleve la devolución fuera del plazo acordado. Los retrasos autorizados en la devolución serán penalizados a razón de 50€+IVA por cada hora de retraso, no obstante como máximo por cada día de retraso el precio será de 500€+IVA. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente a la empresa MARAMOL RENT para que este la acepte, en caso contrario se considerará un retraso no autorizado.
6.3 Las entregas y devoluciones en el aeropuerto, estación de tren o de autobús tiene un coste adicional de 50€ en el horario laboral o según importe acordado con el Arrendador. Entregas y devoluciones en el aeropuerto, estación de tren o de autobús tiene un coste adicional de 100€ fuera del horario laboral. Las entregas y devoluciones en la sede principal fuera de horario tendrá un coste adicional de 30€. En caso de retraso en vuelo o cualquier otro tipo de transporte de más de 30 min, se cobrarán 50€.
6.4 Previo a la entrega del vehículo, el Arrendatario está obligado a seguir las instrucciones de manejo que le facilite el personal técnico de la empresa. Se elaborará un formulario de entrega (check out) en el que se describirá el estado interior y exterior del vehículo y se entregará un inventario a bordo que deberán firmar ambas partes. En el momento de la devolución del vehículo en el horario establecido, se realizará una revisión final del vehículo y se elaborará un formulario de devolución (check in). Esta acción se puede realizar sin la presencia del Arrendatario o realizarse en el mismo momento en caso de ser del interés del cliente.
6.5 Junto con la entrega del vehículo, se facilitará un juego de llaves que se devolverán en la entrega del vehículo al final del alquiler. En caso de pérdida o robo de las mismas, el Arrendatario se hará cargo del importe de 250€+IVA por unidad de reposición de las mismas.
6.7 El Arrendatario devolverá el vehículo en el mismo estado en el que se entrega y junto con todos sus documentos, llaves, neumáticos, herramientas y accesorios en el lugar, fecha y hora pactados como finalización del periodo de arrendamiento detallados en el Contrato. El Arrendatario devolverá el vehículo en idénticas condiciones de uso y conservación que lo recibe, limpio exterior e interiormente y con los depósitos de aguas residuales y WC vacíos. En caso de devolución en malas condiciones se cobrará un suplemento del importe según las tarifas detalladas en el punto de sanciones.
6.8 El Arrendador dictaminará el importe a abonar por parte del Arrendatario por mal uso. Este importe será deducido de la fianza, aceptando el Arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada para los casos que el seguro a todo riesgo no cubra.
7. USOS PROHIBIDOS, OBLIGACIONES DE MANTENIMIENTO Y PROTECCIÓN
7.1 El cliente reconoce que recibe en alquiler el vehículo descrito en el Contrato en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:
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No permitir que conduzcan el vehículo otras personas más que el/ella mismo/a o las personas que estén expresamente autorizadas en el Contrato. No permitir la conducción sin licencia o permiso.
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No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo, más equipaje del permitido en cuanto a peso así como transportar algún tipo de mascota/animal sin autorización expresa de la empresa arrendadora.
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Se podrán llevar animales de compañía (perros y gatos) siempre que el Arrendador haya dado su autorización expresa. Los gastos de limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del Arrendatario. Asimismo, este último deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o eliminación del olor, así como de los posibles daños materiales ocasionados por el animal. Se deberá devolver la camper libre de pelos y olores.
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No realquilar o transportar personas, menores o mercancías con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el Contrato sin haber obtenido la autorización administrativa exigida por el ordenamiento jurídico. En caso de incumplimiento, el cliente será el responsable de las sanciones.
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No transportar ni permitir que en el vehículo sea transportada cualquier tipo de mercancía, drogas, estupefacientes, contrabando de cualquier índole, productos tóxicos, explosivos o inflamables.
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No fumar ni encender o utilizar velas en el interior del vehículo.
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No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo, ni alquilar, hipotecar, pignorar, vender o cualquier otra forma de dar en garantía el vehículo. No auxiliar a delincuentes.
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No modificar cualquier parte del vehículo o el vehículo mismo, incluidos los documentos, llaves, equipamiento, herramientas y accesorios. Así como cualquier modificación de su aspecto exterior/interior sin autorización del Arrendador. En caso de incumplir este artículo el Arrendatario deberá correr con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del vehículo a su estado original así como abonar una cantidad en concepto de inmovilización del vehículo.
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No cometer delitos, aunque solo sean castigados según legislación vigente en el lugar de los hechos.
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No conducir el vehículo o permitir que el vehículo sea conducido en inferioridad de condiciones físicas o psíquicas inapropiadas motivadas por alcohol, drogas, fatiga, enfermedad o uso de medicamentos que produzcan alteración de las percepciones sensoriales.
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No transitar fuera de la red viaria nacional, carreteras no asfaltadas, caminos, parajes o cualquier terreno no adecuado con un estado vial deficiente, quedando expresamente excluidos de las coberturas de seguro los daños en los bajos del vehículo, neumáticos o componentes mecánicos que se estropeen como consecuencia de una mala conducción, así como los daños producidos por la circulación de zonas restringidas de la red de carreteras.
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No conducir el vehículo a otro país que no sea España sin haberlo comunicado al Arrendador en el momento de formalizar el Contrato y sin que la empresa MARAMOL RENT otorgue su consentimiento por escrito. El ingreso del vehículo en una zona no autorizada será considerado como robo o sustracción, dando lugar a denuncias y acciones legales por robo, daños y perjuicios.
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Para circular por los países que se indican a continuación que son los permitidos se requerirá la autorización expresa de la empresa a fin de realizar un cargo adicional si es necesario para cubrir la asistencia en carretera así como una ampliación del seguro del vehículo. Los países permitidos son: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza. En ningún caso se podrá circular fuera de estos países. Se prohíbe cruzar fronteras fuera del continente europeo, incluye Ceuta y Melilla. El Vehículo no podrá ser embarcado o transportado en ningún medio de transporte, salvo previa autorización fehaciente y por escrito del Arrendador. Se informa que nuestros vehículos cuentan con geo localizadores y si se detectase que han sobrepasado el territorio permitido, se considerará un incumplimiento del Contrato, pudiendo el Arrendador cobrar al Arrendatario por daños y perjuicios ocasionados, rescindiéndose de forma inmediata el presente Contrato por incumplimiento contractual del Arrendatario y tomar las medidas legales oportunas. El vehículo está geo localizado mediante un sistema GPS que graba la ruta del mismo con el objetivo de preservar la seguridad de dicho vehículo y de sus ocupantes. Por lo que se recomienda que en caso de robo nos avisen a la mayor brevedad posible para recuperar el vehículo avisando a las autoridades legales cuanto antes. Salvo autorización expresa se prohíbe el desplazamiento del vehículo de la península a una isla.
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No viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos o que no estén incluidos en la carta verde de la póliza del vehículo.
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No participar con el vehículo en pruebas deportivas, de velocidad o resistencia, carreras, competiciones deportivas u otras que puedan dañarlo. No realizar una conducción extrema o exigente que origine un desgaste prematuro o anómalo de elementos del vehículo.
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No utilizar el vehículo para empujar, mover o remolcar otros vehículos o remolques.
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No desprecintar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al Arrendador cualquier avería del mismo.
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Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no se utilice y protegerlo del deterioro de temporales como heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
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No aparcar ni acampar en sitios no autorizados y a seguir las señales pertinentes para este tipo de vehículos camperizados (autocaravanas y furgonetas camperizadas).
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No variar cualquier característica técnica del vehículo: llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del Arrendador. En el caso de incumplir este artículo el Arrendatario correrá con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar una cantidad en concepto de inmovilización del vehículo hasta su total reparación. No se abonará ninguna reparación o asistencia distinta a la suministrada sin previa autorización del Arrendador.
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No sobrepasar los limites de velocidad establecidos para furgonetas: 120km/h en Autovías y Autopistas y 90km/h en vías convencionales.
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No detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine o suene cualquier testigo/alarma que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo o se detecte ésta por el Arrendatario, debiendo contactar con el Arrendador en el menor tiempo posible para que éste disponga lo conveniente a la Compañía de asistencia del seguro. No se abonará ninguna reparación o asistencia distinta a la suministrada sin previa autorización del Arrendador.
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No transportar equipaje encima del vehículo (no se autoriza a colocar baca).
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El transporte de mobiliario, salvo los que se puedan esperar de un alquiler de ocio.
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y No dejar objetos a la vista.
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No usar el vehículo después del periodo de alquiler.
7.2 Está prohibido fumar dentro del vehículo. Los gastos de limpieza derivados de la ventilación o eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo correrán a cuenta del cliente.
7.3 El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, estacionar en lugar apto, adecuado y seguro así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos cada 1.000km. El Arrendatario se compromete a comprobar si el vehículo de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad.
7.4 En caso de incumplimiento o de comprobar que se han infringido las disposiciones anteriores el Arrendador podrá rescindir de inmediato el Contrato de alquiler, solicitar la devolución del vehículo y el cliente vendrá obligado a abonar la totalidad del precio del arrendamiento así como los gastos que en los citados apartados se relacionan.
8. COMPORTAMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE
8.1 En caso de accidente, robo, hurto, incendio o daños causados por animales de caza, el Arrendatario deberá informar inmediatamente a la autoridad competente (Policía o Guardia Civil) y al Arrendador llamando al número de teléfono de la empresa.
8.2 En caso de accidente con contrario, el cliente deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los posibles testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al Arrendador. Notificará inmediatamente a las autoridades competentes el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria para ser investigada o si hay heridos.
8.3 Nunca se reconocerá, prejuzgará, autorizará, firmará o ratificará la responsabilidad en caso de accidente, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”, teniendo en cuenta que ésta deberá estar refrendada por las Compañías Aseguradoras intervinientes en el litigio. El parte de accidente se deberá entregar al Arrendador debidamente cumplimentado y firmado dentro de un plazo máximo de 24 horas después de producirse el incidente.
8.4 En caso de robo o hurto del vehículo y/o de sus accesorios, documentación y/o de las placas de matrícula, daños causados al vehículo en la tentativa de robo o daños malintencionados de terceros (actos vandálicos) el cliente se compromete a interponer de inmediato la denuncia a la autoridad competente y se informará de la misma manera inmediata al Arrendador, remitiendo copia de la denuncia y entrega de las llaves del vehículo en un plazo de máximo de 24 horas.
8.5 Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el Arrendatario deberá redactar para el Arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto.
8.6 No abandonar el vehículo alquilado accidentado sin tomar las medidas adecuadas para protegerlo y salvaguardarlo.
8.7 En caso de incumplimiento por el cliente de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el Arrendador podrá reclamar al Arrendatario los daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante del Arrendador durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
9. COMPORTAMIENTO A SEGUIR EN CASO DE AVERÍA
9.1 En caso de avería que imposibilite continuar el viaje, los clientes podrán elegir entre dos opciones: se devolverá la parte proporcional del importe correspondiente a las noches no disfrutadas o se intentará conseguir otro vehículo de otra empresa en la zona en la que se encuentren los clientes.
9.2 En caso de algún fallo en el sistema de camperización que permita continuar el viaje pero que cause inconvenientes (por ejemplo: no funcionamiento del inversor, calefacción, las placas solares...) se evaluarán los daños con los clientes y se devolverá entre un 20% y un 30% del total de las noches pagadas en la reserva para poder compensar la necesidad de hoteles o campings durante el alquiler.
9.3 En caso de avería del vehículo previa al alquiler y que imposibilite comenzar el viaje, se devolverá el importe integro abonado por el cliente.
9.4 En caso de mal funcionamiento o avería de algunos de los extras, el Arrendatario sólo podrá reclamar el coste de dicho extra, no pudiendo exigir importe alguno si dicho extra es gratis.
10. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
10.1 El Arrendatario utilizará y conducirá el vehículo con la debida diligencia y cuidado, respetando la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y demás disposiciones complementarias. Deberá tomar precauciones en todo momento para evitar cualquier situación que pueda ocasionar daños al vehículo o perjuicios a terceros.
Asimismo, el Arrendatario está obligado a:
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Aceptar que le ha sido entregado el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, de conservación y limpieza, con todas sus herramientas y elementos de seguridad.
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Utilizar el vehículo de forma cuidadosa, conforme su destino y a seguir las instrucciones del Arrendador.
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A devolver el vehículo al Arrendador en el estado en el que lo haya recibido el Arrendatario. Cualquier daño o cambio en el vehículo será evaluado por un experto y se le deducirá de la fianza/depósito entregado.
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Durante el periodo que dure el alquiler, el Arrendatario deberá comprobar que el vehículo queda debidamente cerrado y controlar tanto el estado de éste, así como el nivel de agua, aceite y presión de los neumáticos.
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Pagar la totalidad del alquiler, a pesar de no utilizar el vehículo o hacerlo por un periodo más corto de lo especificado en el Contrato.
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A devolver el vehículo con el depósito de combustible lleno tal y como lo ha recibido.
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A no llevar a más pasajeros que los permitidos por las leyes de acuerdo con las características propias del vehículo, ni a transportar ningún tipo de mascota o animal sin la autorización expresa del Arrendador. En caso de ser autorizado se compromete a devolver la furgoneta libre de parásitos, pelos y olores.
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A no utilizar el vehículo para carga y transporte de mercancías, ni para el transporte o reparto de mensajerías de Servicio Urgente.
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A no superar el PMA 3500 KG y tener en cuenta las dimensiones del vehículo. En caso contrario, el Arrendatario se hará responsable de las posibles multas derivadas por este motivo.
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A estacionar el vehículo adecuadamente. El Arrendatario asume total responsabilidad por cualquier infracción de las normas de tráfico, estacionamiento, transporte, carga y descarga cometida.
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Conductor autorizado: En caso de haber otro conductor autorizado diferente al Arrendatario, éste se compromete a que el conductor autorizado conozca expresamente las condiciones del presente Contrato de alquiler, constituyéndose voluntariamente en fiador solidario del Arrendatario, para el pago de todas las obligaciones provenientes del presente Contrato, firmado en prueba de conformidad en el Contrato de alquiler.
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A abonar el importe de cualquier artículo del inventario que pueda ser dañado o extraviado.
10.2 El Arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso o culposo en los siguientes casos:
a. Si no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde esté circulando.
b. Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
c. Si el cliente o el conductor, a quien la empresa MARAMOL RENT le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
d. Si en contra de la obligación establecida en el apdo. “en caso de accidente”, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último.
e. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apartado 7.
f. Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el aptdo. “Obligaciones y responsabilidades del Arrendatario”.
g. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el cliente haya dejado el vehículo.
h. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
i. Si los daños se deben a un incumplimiento de la carga del peso máximo del vehículo o de las disposiciones relativas a la carga adicional.
j. Si se han causado daños por cualquier conducta no permitida en este Contrato y especificada en el mismo.
10.3 El cliente asume toda la responsabilidad y responderá de todos los gastos, tasas, multas, sanciones y/o reclamaciones que pudieran resultar de cualesquiera infracciones o violaciones de las disposiciones generales aplicables en relación con el uso y el estado del vehículo, y por cualesquiera reclamaciones de terceras relativos al vehículo y su uso o instalaciones que se realicen sin la autorización de MARAMOL RENT. El cliente responderá de las incidencias detalladas en este punto y que estén relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen a la empresa MARAMOL RENT durante la vigencia del presente Contrato, excepto si se debe a causas imputables a ésta última. Alcanzando la misma responsabilidad en el supuesto de que el vehículo fuese retenido o embargado, corriendo con los gastos y el lucro cesante del Arrendador durante el tiempo que dure la indisponibilidad del vehículo, aplicándose por cada día de retención el importe según tarifa.
12. RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR
12.1 A entregar el vehículo con la documentación en vigor.
12.2 A entregar el vehículo en perfecto estado, de conservación, limpieza, junto a los elementos de seguridad y en condiciones mecánicas idóneas para su uso, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento.
12.3 A entregar el vehículo con la información suficiente sobre su uso y funcionamiento.
13. SANCIONES
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Devolución fuera del horario no autorizada: se cobrará cada hora de retraso a 60euros+IVA.
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Pérdida de llaves/documentación: 200 euros.
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Pérdida o deterioro de neumáticos: a valorar.
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Signos evidentes de tabaco (limpieza, olor…): 300 euros.
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Quemaduras en el suelo y/o muebles: según alcance hasta 500 euros.
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Arañazos exteriores: desde 100 euros.
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Arañazos en muebles: desde 100 euros.
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Desperfectos en mobiliario: desde 100 euros.
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Rotura cortinas: desde 100 euros.
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Rotura de kit ropa cama: 100 euros.
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Pérdida o rotura bombona gas: 50 euros.
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Manchas en la tapicería: desde 100 euros.
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No vaciado de aguas grises: 20 euros.
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No vaciado de aguas negras – Wc químico: 100 euros.
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No vaciado de aguas grises y negras: 120 euros.
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Rellenar el depósito de agua con otro líquido o combustible: 700 euros.
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Llenado del depósito de combustible con líquido o combustible diferente a Diesel: coste integro.
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No llenado del depósito de combustible: se cobrará la parte restante del depósito a precio vigente hasta llenarlo y 30 euros de cargo por servicio.
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Limpieza interior: entre 30 y 150 euros: eliminar restos de basura, comida tanto en el vehículo como en el menaje y la nevera, restos de barro, arena, polvos, líquidos., etc.
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En caso de haber llevado mascota sin haber avisado previamente, la limpieza de restos de olor/pelos/parásitos: 120 euros.
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Desperfectos dentro del vehículo por mascota: a valorar.
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Algún otro desperfecto a valorar.
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Desperfecto de algún elemento (wc, ducha, cojines, fogones…) a valorar.
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Cualquier otro desperfecto que no aparezca en la lista se valorará en el momento de la devolución, con una penalización mínima de 50 euros.
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Pérdida o daño de cualquier elemento detallado en el inventario a bordo: coste indicado en el documento.
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En caso de haber incurrido en una multa de tráfico, se realizará un cargo de 20 euros por el coste de la gestión para identificar al conductor ante la DGT.
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Devolución tardía no autorizada: 100 euros/ hora máximo 4 horas.
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Devolución tardía autorizada: 50 euros/hora.
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Conductor no autorizado: 70 euros.
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Reposición de adhesivos identificativos: 60 euros.
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Cruce a territorio no permitido: 950 euros.
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Cargo por abandono del vehículo: 1.000 euros.
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Cargo por embarque prohibido: 1.000 euros.
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Inmovilización del vehículo: 250 euros.
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Cargo por envío de objeto encontrado: 20 euros.
14. SEGURO Y COBERTURAS CONTRATADAS
14.1 El vehículo proporcionado por MARAMOL RENT dispone de una póliza de seguro a todo riesgo con franquicia que garantiza las coberturas de Seguro Obligatorio de Automóviles, Asistencia en Viaje, de daños propios con una franquicia de 1.000€, Responsabilidad Civil obligatoria y voluntaria, Defensa jurídica y Asistencia Jurídica en infracciones de tráfico, reclamación de daños, lunas, robo e incendio. Estas coberturas serán asumidas por la Compañía de Seguros según la póliza, a lo pactado en el condicionado general y particular y a lo establecido en la legislación de Seguros vigente en el momento.
14.2 Según los principios de dicho seguro, en caso de daños integrales o cualquier otra circunstancia en que se comunique un siniestro durante la vigencia del Contrato, el Arrendador eximirá al cliente de la responsabilidad de los daños materiales sufridos en el vehículo, con una franquicia que deberá asumir el Arrendatario.
14.3 El cliente bajo ningún concepto quedará eximido de sus responsabilidades civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un daño o siniestro con comportamiento negligente, doloso o culposo. En caso de sufrir el vehículo daños por causa negligente del Arrendatario, quedarán sin efecto las coberturas contratadas y el Arrendatario deberá hacerse cargo del importe total de la reparación
15. JURISDICCIÓN
En caso de litigios derivados o relacionados con cualquiera de los actos relativos a la reserva o al Contrato de alquiler del vehículo y para todos los conflictos que puedan surgir en la interpretación, aplicación, efectos e incumplimiento de este Contrato por las partes, se acuerda que la jurisdicción sea la de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Alicante, España.